Atención Prestadores de IOMA

Estimados colegas:

Les transmitimos información sobre los cambios introducidos en la presentación mensual de IOMA.

El Consejo Superior realizó un acuerdo de las modificaciones en la presentación y facturación de las prestaciones del IOMA en forma inconsulta. Sin embargo, para que uds. puedan llevar adelante la facturación que permita el cobro de sus honorarios, desde el Distrito XIII se pusieron todos los recursos a disposición para facilitar la tarea. Aún así nos encontramos con el inconveniente que, al día de hoy no se ha brindado desde el Ioma la capacitación para el personal administrativo; lo que dificultará responder a las consultas de los matriculados al respecto.

Para subsanar estas dificultades se elaboró material informativo que ponemos a su disposición.

Entre los principales cambios, se encuentran:

La PROFORMA DIGITAL será de uso obligatorio a partir de Mayo.

La/el psicóloga/o realiza la carga de su facturación y la enviará a su DISTRITO para la validación.

Se requiere empadronamiento en https://sistemas.ioma.gba.gov.ar/FacturacionElectronica/Users/Login

Se deberá adjuntar en la plataforma:

  • Factura ORIGINAL
  • Constatación de comprobantes con CAE de cada factura. (Hoja 1 opcional, Hoja 2 OBLIGATORIA, donde contiene la certificación)

https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/comprobantes/cae.aspx

  • Constancia de inscripción de AFIP

La Planilla de Asistencia Diaria se deberá enviar al distrito en la forma habitual.

Cambio en la confección de la factura:

En el apartado Producto/Servicio debe detallar la prestación brindada:

  • Atención Psicológica (Mes/Año).
  • Citar resolución actual por la cual se factura.

Para la carga de la factura. el/la Prestador/a deberá descargar el PDF que emite la AFIP. Esa factura se debe subir a la plataforma. (Se permite formato PDF o JPG)

Motivos de devolución de facturas:

  • Ausencia de documentación requerida.
  • Incongruencia entre la documentación presentada y los datos ingresados.
  • Resolución vigente de valor de la prestación usada incorrectamente para referenciar el valor de la prestación.

Se podrán aplicar débitos en caso de:

  • Facturación por sobre los módulos autorizados.
  • Ausencia de convalidación de los módulos presentados para facturar
Instructivo-IOMA